CONDENADO POR MATAR 7 CACHORROS
ALBA consigue una sentencia histórica. Un juez condena a 4 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, INHABILITACIÓN PARA EL EJERCICIO DE PROFESIÓN, OFICIO O CARGO RELACIONADO CON ANIMALES POR TIEMPO DE UN AÑO Y SEIS MESES y al pago de las costas, incluidas las de la acusación particular a J.H.A. por matar a palos y golpeándoles contra la pared a los cachorros que acababa de parir su perra de caza.
El
pasado día 10 de enero de 2013 se celebró Juicio Oral contra Don
J.H.A por un supuesto delito de maltrato animal. Dicho procedimiento
se inició por denuncia presentada por A.L.B.A. contra Don J.H.A.,
quedando probado que el pasado 10 de septiembre de 2007 el acusado
golpeó con un palo a siete cachorros de perro recién nacidos,
lanzándolos a continuación contra la pared ocasionándoles la muerte.
Posteriormente, arrojó los cadáveres de los animales a un contenedor
de basura. Dichos hechos fueron denunciado ante la Guardia Civil,
quién instruyó el correspondiente atestado
el cual fue remitido al Juzgado de Instrucción nº 6 de Torrejón de
Ardoz y posteriormente al Juzgado de lo Penal nº 3 de Alcalá de
Henares.
Por
el Ministerio Fiscal se solicitaba por un delito de maltrato animal
previsto y penado en el art. 337 del Código Penal la pena de un año de
prisión, e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de
sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación para
el ejercicio de profesión, oficio o cargo relacionado con animales por
tiempo de tres años, y las costas.
Igualmente la acusación particular constituida por A.L.B.A., solicitaba la misma pena que el Ministerio Fiscal.
El Juzgado de lo Penal nº 3 de Alcalá de Henares, ha dictado sentencia condenatoria cuyo fallo es el siguiente:
“Que
debo condenar y condeno al acusado D. J.H. A, como responsable
criminalmente en concepto de autor de un delito de maltrato animal,
antes definido, sin que concurran circunstancias modificativas de la
responsabilidad criminal a las penas de CUATRO MESES DE PRISIÓN, e
inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo
durante el tiempo de la condena, E INHABILITACIÓN PARA EL EJERCICIO
DE PROFESIÓN, OFICIO O CARGO RELACIONADO CON ANIMALES POR TIEMPO DE UN
AÑO Y SEIS MESES. Y costas, incluidas las de la acusación
particular”.